El Boletín oficial de Navarra ha publicado la RESOLUCIÓN 42E/2019, de 11 de marzo, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se autoriza el gasto para 2019 de las subvenciones por Asistencia Técnica a las empresas de inserción sociolaboral de Navarra.
Se autoriza por tanto el gasto para el ejercicio 2019 de las subvenciones por asistencia técnica a las empresas de inserción socoilaboral de Navarra,, agencias de colocación, reguladas por la Resolución 476/2017 de 24 de febrero por un importe de 700.000€ con cargo a la partida presupuestaria de 2019 denominada “ayudas a programasdereinserción laboral de colectivos con mayores dificultades”.
Plazos
- El plazo para solicitar el abono de la subvención será de un mes a partir de la finalización del mes anterior, siempre que se hubiera publicado la autorización de gasto correspondiente.
- Las solicitudes para el periodo comprendido entre noviembre del año anterior a la convocatoria y el mes anterior a su publicación, se presentarán en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de dicha convocatoria.
Dirigido a
- Los centros de inserción sociolaboral calificados provisionalmente de oficio como empresas de inserción por el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare.
- Las empresas de inserción sociolaboral que lleven al menos 2 años de funcionamiento desde su calificación provisional.
- Las empresas de inserción sociolaboral calificadas como tal definitivamente.
Más información
- El importe de la subvención podrá ascender hasta 18.000 euros anuales por cada técnico a jornada completa, o su equivalente en proporción a la jornada efectivamente trabajada, en concepto de salarios y seguridad social, o la parte proporcional del tiempo trabajado en el año.
- En el caso de contrato de trabajo a jornada parcial, ésta deberá ser de al menos el 50% de la jornada completa.
- El máximo a abonar por cada mes será de 1.500 euros o la parte proporcional a la jornada trabajada. Solo se podrá sobrepasar dicho tope en el caso de que en el mes anterior no se haya abonado el máximo establecido.
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